El Estado persigue como fin el
despliegue de las capacidades humanas fundamentales y que se ajusta a la
justicia y al bien, pasan, precisamente, por encima de la realidad, al
uniformar, al ocultar, al no distinguir lo distinto, a saber, lo que diferencia
al Estado, en un sentido propio, de una agrupación de seres humanos que se
organiza a gran escala y se apoya, en último término, en la fuerza para llevar
adelante fines distintos a la justicia y el bien, por ejemplo, la mera utilidad
del grupo dominante. La posición más realista parece ser la que distingue lo
diferente: si una agrupación de seres humanos dotada de fuerza no se ajusta a
principios fundamentales de justicia y bondad, si no se orienta a desplegar las
capacidades humanas básicas, sino sólo, por ejemplo, a realizar el bienestar
material del grupo dominante, entonces no habrá propiamente Estado, sino que
otro tipo de agrupación, de las que corresponden al género “agrupaciones
humanas dotadas de fuerza”, pero no estatal. Éstas no son propiamente un
Estado, no obstante que puedan, en la práctica, adquirir la apariencia de
Estado, porque se apoyan también en la fuerza y, por ejemplo, están organizadas
a gran escala.
NOCIONES QUE RIGEN LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
sábado, 13 de octubre de 2012
viernes, 12 de octubre de 2012
ESTADO
El vocablo Estado designa a una forma de organización política, social,
soberana y coercitiva, cuyas instituciones disponen de la autoridad y la
potestad para reglamentar el funcionamiento social, en un territorio
específico. Además, para que un estado sea reconocido como tal debe contar con
el reconocimiento de la comunidad internacional.
El Estado
es un concepto político que se refiere a una forma de organización social, económica, política
soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder
de regular la vida nacional en un territorio determinado. Usualmente, suele
adherirse a la definición del Estado, el reconocimiento por parte de la comunidad internacional.
El concepto de Estado difiere según los autores,[,,,.]
pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que
poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado.
El Estado está conformado por las siguientes bases: población, territorio, estructura jurídica y soberanía. La población entra aquí como uno de
los elementos más importantes en la formación del Estado; son aquellos grupos de personas que se reúnen en un
territorio determinado, instalándose en una comunidad política para crear
derechos y obligaciones sobre los demás, creando a su vez
el orden jurídico para el mantenimiento del orden dentro de su población.
Es bien pues la población la causa que origina el nacimiento del Estado. El
Estado podrá dar unidad política y jurídica a varias comunidades nacionales,
como lo testimonia la historia, pero no puede ser anterior a ellas.
Primero existen el hombre y los grupos comunitarios y sociales
que este compone y después la persona jurídica llamada Estado. La
justificación que tiene la población para con el Estado es el que le da forma y
estructura jurídica y natural a esto, actuando a través de sus diferentes funciones en que se desarrolla su actividad.
jueves, 11 de octubre de 2012
TIPOS DE ESTADOS
ESTADOS UNITARIOS: son
aquellos estados cuya estructura se encuentra unificada, es decir, el poder
político está centralizado y se extiende en todo el territorio. Con respecto a
la soberanía, ésta es indivisible en el exterior, y homogénea en cuestiones
internas. Por último, disponen de un único poder ejecutivo (que incluye
presidente, gobernadores e intendentes), un único poder legislativo (que crea
las leyes para todo el territorio) y un único poder judicial (encargado de
aplicar las leyes).
ESTADOS COMPUESTOS: son
creados a partir de la unión entre distintos estados. Y están organizados bajo
el poder de un único mandatario. Dentro del los estados compuestos, se
presentan dos vertientes:
Estados de unión personal: aquellos donde la secesión es hereditaria. El
rey, al asumir, se convierte en el soberano de dos o más países. Sin embargo,
el poder de dichas naciones no se une, sino que sigue siendo de carácter
independiente. Por lo tanto, que lo único que comparten es el Jefe de Estado.
Un ejemplo fue Islandia y Dinamarca en el año 1918.
Estados de unión real: esta clase de unión es de carácter voluntario,
donde los países comparten el mismo Jefe de Estado. Por ejemplo Austria y
Hungría a partir del año 1867.
CONFEDERACIONES: el
término hace referencia la unión entre distintos estados, los cuales, a pesar
de dicha alianza, conservan la soberanía. Además, los miembros de las naciones
involucradas continúan disfrutando de las competencias estatales normales. Las
confederaciones, por lo general, se constituyen a partir de tratados, y tienen
como propósito la defensa exterior, ante una eventual amenaza externa.
FEDERACIONES: están divididos
en entidades territoriales tales como departamentos o provincias. Cada una de
ellas, se autogobierna, aunque la administración federal es la máxima
autoridad. Las federaciones poseen una personalidad jurídica única frente a la
comunidad mundial. Ejemplos de esta clase de estados son Argentina, Uruguay,
etc
miércoles, 10 de octubre de 2012
ELEMENTOS DEL ESTADO
Territorio
Espacio sobre el que se encuentra instalada
la comunidad nacional.
Segundo elemento del Estado, situado en la doctrina clásica detrás de la población y antes del gobierno u organización política.
Segundo elemento del Estado, situado en la doctrina clásica detrás de la población y antes del gobierno u organización política.
La noción de territorio,
al decir de DE ROUSSEAU, es compleja, abarcando su contenido tanto lo que
indica la aceptación
etimológica y ordinaria del término,
como el espacio aéreo
situado sobre la superficie del Estado,
noción que siguiendo al autor citado, jurídicamente ofrece el inconveniente de
confundir las de espacio y territorio, lo que puede conducir a calcar los
regímenes jurídicos del mar territorial
y espacio aéreo
sobre el del territorio propiamente dicho.
La moderna doctrina
reconoce la importancia de este elemento para la construcción jurídica del
concepto de Estado,
puesto que sobre él se instala el primero de los elementos citados, la población,
constituida en comunidad nacional.
Población
Primer elemento del Estado por cuanto éste es, ante
todo, una agrupación humana. La población es un conjunto de personas naturales
que habitan en un territorio de manera estable. Este asentamiento estable o
residencia exigido a los integrantes de la población excluye a los extranjeros
de paso o transeúntes. Este conjunto humano estará integrado habitualmente por
nacionales y extranjeros. Los nacionales son aquellos que tienen la
nacionalidad del Estado de que se trata.
La nacionalidad en definitiva es el vínculo
jurídico que une a un individuo a un Estado. Sin embargo, como se ha dicho, en
general dentro de los Estados también pueden encontrarse extranjeros que
residen dentro del estado y por tanto, deberán respetar las normas internas y,
serán sujetos también de ciertas funciones del Estado respecto de la población.
Entre ellas, la más relevante, su protección de diversos riesgos a que pueda
estar expuesta: agresiones externas, ingreso de enfermedades, etc.
Pueblo
martes, 9 de octubre de 2012
PODER DEL ESTADO Y LA EFECTIVIDAD DEL ORDEN JURIDICO
El poder del Estado es único e indivisible, y no
personalizado, ya que no se identifica con ningún gobernante. Es una actuación
orgánica y funcional referido a gobernantes y gobernados. Comprende la
cooperación, integración, coordinación, ordenación de todos los integrantes de
la organización estatal, con respecto a la efectividad, al organizarse el
pueblo como Estado,
genera una organización jurídico política que debe tener unidad de actuación
sobre el pueblo mismo dentro del espacio geográfico donde ejerce soberanía con
el fin de lograr el bien común. Para Legón, el poder del Estado es toda la
energía por él desplegada para conseguir su meta de beneficio colectivo.
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