Exorbitante: Excede la órbita del derecho privado, porque donde hay una
organización estatal hay derecho administrativo. No hay plano de igualdad entre
partes, ya que una de ellas es el Estado, que tiene facultades de poder
público.
Constitucional: El derecho constitucional comprende las normas que regulan la
estructura u organización jurídico-política del Estado. Las normas del derecho
administrativo tratan de la actividad que se desarrolla dentro de los órganos
del Estado (por ejemplo, el art. 99 de la CNA enumera las atribuciones del
P.E.). La norma de derecho administrativo es creada por el legislador dentro de
los límites de la norma constitucional.
Penal: Se relaciona con el derecho administrativo por el concepto de sanción,
típico del derecho penal. Existe el derecho administrativo disciplinario que se
aplica en lo interno de la Administración, puesto que son sanciones que el
superior jerárquico impone al inferior por faltas disciplinarias. Además
existen en la órbita del Ministerio de Justicia organismos de índole
administrativa, como por ejemplo el Servicio Penitenciario.
Financiero: El derecho financiero regula la actividad financiera del Estado
referente a la recaudación, gestión y disposición de los medios económicos
necesarios para el cumplimiento de la misión de éste. Las relaciones entre el
derecho administrativo y el financiero son inmediatas y contiguas. Ello es así
porque las funciones y modos de aplicación de las normas financieras son
esencialmente administrativos; por ejemplo, las circulares del BCRA son de
naturaleza administrativa.
Procesal: El derecho procesal es la rama del Derecho que se ocupa de las
formalidades que deben cumplirse en todo proceso. Hay instituciones que son
reguladas por el derecho procesal y que son adoptadas por el derecho
administrativo. El derecho administrativo crea sus normas, pero el derecho
procesal es supletorio.
Civil: Existen instituciones del él que son aplicables al procedimiento
administrativo, tales como los conceptos de capacidad, persona jurídica,
persona física, etc.
Comercial: Las sociedades del Estado responden al concepto de sociedad comercial.
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